2.º Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas y portones que no sean de material de seguridad deberán ampararse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los trabajadores. Observación preliminar: las obligaciones previstas en los siguientes anexos se aplicarán siempre que lo exijan las características del https://seguridad-y-salud-en-el-t69134.life3dblog.com/33466834/poco-conocidos-hechos-sobre-administracion-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo